Título V – Tutela Judicial

31 de marzo de 2025

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Examen de 10 preguntas de repaso del Título V de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Título V - Tutela Judicial

Examen de repaso del Título V de la Lo 1/2004

1 / 10

Asegurará/n una formación específica relativa a la igualdad y no discriminación por razón de sexo y sobre violencia de género en los cursos de formación de Jueces y Magistrados, Fiscales, Secretarios Judiciales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Médicos Forenses (señala la incorrecta):

2 / 10

Cuando un Juez, que esté conociendo en primera instancia de un procedimiento civil, tuviese noticia de la comisión de un acto de violencia de los definidos en el artículo 1 de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que haya dado lugar a la iniciación de un proceso penal o a una orden de protección:

3 / 10

Cuando un Juez que esté conociendo de un procedimiento civil, tuviese noticia de la posible comisión de un acto de violencia de género, que no haya dado lugar a la iniciación de un proceso penal, ni a dictar una orden de protección, tras verificar que concurren los requisitos del apartado 3 del artículo 87 ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deberá inmediatamente citar a las partes a una comparecencia con:

4 / 10

Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer ejercerán sus competencias en materia civil: (señala la incorrecta)

5 / 10

Las medidas de protección y seguridad previstas en el presente capítulo Medidas judiciales de protección y de seguridad de las víctimas:

6 / 10

En todos los procedimientos relacionados con la violencia de género, el Juez competente deberá pronunciarse sobre la pertinencia de la adopción de las medidas cautelares y de aseguramiento:

7 / 10

En las actuaciones y procedimientos relacionados con la violencia de género se protegerá la intimidad de las víctimas, en especial:

8 / 10

En las actuaciones y procedimientos relacionados con la violencia de género, los Jueces competentes podrán acordar:

9 / 10

El Juez podrá ordenar al inculpado por violencia de género:

10 / 10

Según la Ley Orgánica 1/2004, las medidas del capítulo "Medidas judiciales de protección y de seguridad de las víctimas":

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